La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) recuerda a
las compañías que son sujetos obligados y que deben cumplir con la Ley
Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de
Activos y de la Financiación de otros Delitos que deben registrar a su Oficial
de Cumplimiento (OC). Para lo cual tendrán 20 días a partir de la
notificación del oficio emitido por la Dirección Nacional de Prevención de
Lavado de Activos para realizar la calificación del mismo en el portal web
supercias.gob.ec, de acuerdo al noveno digito de su RUC.
Para el proceso de calificación en línea las compañías deberán ingresar al
sistema con el usuario y clave del representante legal, únicamente en el día
asignado siguiendo el cronograma:
NOVENO DÍGITO DEL RUC
Lunes 0 y 1
Martes 2 y 3
Miércoles 4 y 5
Jueves 6 y 7
Viernes 8 y 9
El no designar al oficial de cumplimiento (OC), incurre en una infracción
grave, cuya multa es de 11 a 20 salarios básicos unificados (SBU) conforme
lo dispone la Ley. Asimismo, el incumplimiento en la designación del OC
constará en el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones (CCO).
La guía de usuario sobre este proceso se encuentra disponible en el siguiente
enlace:
https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/portalCapacitacion.z
ul
Las consultas serán atendidas a través del correo electrónico:
prevencion@supercias.gob.ec


