La Corte Constitucional del Ecuador emitió una sentencia trascendental en el caso de los cuatro menores del sector Las Malvinas, en el sur de Guayaquil, al establecer que los adolescentes Josué (14 años), Ismael (15), Steven (11) y Nehemías (15) fueron víctimas de desaparición forzada.
La decisión fue adoptada por unanimidad de los nueve jueces del pleno constitucional, dentro del caso 1732-25-EP/26, tras analizar una acción extraordinaria de protección presentada contra una sentencia de apelación que había negado previamente una acción de hábeas corpus solicitada por los familiares.
Según la Corte, la resolución judicial que revocó el hábeas corpus vulneró el derecho al debido proceso, específicamente en la garantía de motivación, al no analizar de forma integral las circunstancias de la detención ni responder adecuadamente a los argumentos planteados por los accionantes.
Hallazgos del máximo tribunal constitucional
En su análisis del caso, la Corte concluyó que existen elementos suficientes para determinar que los menores fueron víctimas de desaparición forzada, debido a varios hechos relevantes identificados durante el proceso:
🔴 Los niños fueron privados de libertad de manera ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares.
🔴 Durante un periodo clave posterior a la detención el Estado negó información sobre su aprehensión, incluso cuando ya se había presentado la acción constitucional para conocer su paradero.
🔴 La información entregada posteriormente por las autoridades no fue inmediata ni suficiente, además de presentar irregularidades e inconsistencias que impidieron esclarecer de manera clara lo ocurrido.
Con base en estos elementos, el tribunal constitucional concluyó que se configuró una grave vulneración de derechos fundamentales, lo que llevó a declarar que los cuatro menores fueron víctimas de desaparición forzada, una de las violaciones más graves de derechos humanos reconocidas en el derecho internacional.
Efectos de la sentencia
Como parte de su decisión, la Corte dejó sin efecto la sentencia emitida el 19 de mayo de 2025 por la sala penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, que había revocado el hábeas corpus concedido inicialmente en diciembre de 2024.
Además, el fallo establece una serie de medidas de reparación integral dirigidas a reconocer la vulneración de derechos y brindar algún tipo de reparación a los familiares de las víctimas.
Entre las principales medidas dispuestas por el tribunal se incluyen:
▪️ Indemnización económica de USD 10.000 para los padres de cada uno de los menores.
▪️ Un pago adicional de USD 5.000 por cada núcleo familiar.
Asimismo, el tribunal ordenó la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas oficiales, el cual deberá ser efectuado por el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, conforme al texto establecido dentro de la propia sentencia.
Acciones para varias instituciones del Estado
La decisión constitucional también dispone la intervención y coordinación de varias instituciones públicas para garantizar el cumplimiento de las medidas de reparación y la difusión del fallo.
Entre las entidades señaladas se encuentran:
- Fiscalía General del Estado de Ecuador, que mantiene las investigaciones correspondientes.
- Asamblea Nacional del Ecuador, en el marco de sus competencias de control y legislación.
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Salud
- Ministerio del Interior
- Policía Nacional
- Municipalidad de Guayaquil
- Defensoría del Pueblo
- Consejo de la Judicatura
Una sentencia definitiva
La decisión adoptada por la Corte Constitucional es definitiva e inapelable, lo que significa que no existe otra instancia dentro de la justicia constitucional ecuatoriana para impugnarla.
Si bien el fallo no puede reparar la pérdida de los cuatro menores, sí constituye un reconocimiento oficial de la responsabilidad del Estado en una grave violación de derechos humanos, además de establecer medidas destinadas a garantizar justicia y memoria para las víctimas.


